Departamento de Salud. Incluir en el Ministerio de Salud, la actividad profesional de licenciatura en obstetricia, dentro de los alcances del art.3 de la ley 10471.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires
Fecha de publicación:
19/12/2007
Esfera del acto:
Provincial - Buenos Aires / Argentina
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